TIPS de la semana

Con este post, iniciamos una serie de publicaciones semanales que hemos denominado TIPS de la semana. Nuestros tips consisten en preguntas breves, con respuestas, igualmente breves, y muy concretas.

Aquí tenéis la primera entrega. Esperamos que os sean de utilidad!!!

TIP 1:

P: Siendo avalador de una deuda y teniendo que responder en lugar del deudor ¿puedo deducirme esta pérdida en el IRPF?

R: El pago efectuado generará un crédito del contribuyente frente al deudor principal, y sólo producirá efectos fiscales si en el procedimiento judicial seguido para reclamarlo resultara definitivamente incobrable. La pérdida definitiva del importe total o parcial del crédito, tendría la consideración, a efectos del Impuesto, de pérdida patrimonial, de acuerdo con lo previsto en el art. 33.1 Ley 35/2006 (Ley IRPF), debiendo integrarse en la base imponible general del Impuesto.

TIP 2:

P: ¿Es correcto que una factura de profesionales emitida en julio lleve el tipo de retención del 21% vigente a partir de 1 de septiembre?

R: Sí, si el pago de la misma se produce a partir de 1 de septiembre, pues dichas retenciones se devengan en el momento que son exigibles según vencimiento.

TIP 3:

P: He firmado unas participaciones preferentes y quiero recuperar mi dinero, ¿Qué debo hacer? ¿Tengo que dar por perdido mi dinero?

R: Si quiero recuperar el total de la inversión tengo que iniciar una reclamación contra la entidad bancaria con la que firmé las participaciones preferentes, expresándole mi disconformidad con el producto que me ofrecieron y solicitando la devolución de todo el importe que invertí.

 Y…el próximo viernes más TIPS

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