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Suspendida de forma cautelar y recurrida la obligación de legalización telemática de libros
- 4 mayo, 2015
- Categorias: Empresas
No hay comentariosEn fecha 16 Febrero de 2015 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado la Instrucción de 12 de febrero de 2015 de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre legalización de Libros de los empresarios. Mediante dicha Instrucción se establecía la obligatoriedad en el uso del formato electrónico y en la
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Posibilidad de que la AEAT pueda sancionar el incumplimiento de la obligación de legalizar los libros en el Registro Mercantil
- 1 abril, 2015
- Categorias: Fiscal
El artículo 200 de la vigente Ley General Tributaria establece que constituye infracción tributaria el incumplimiento de obligaciones contables y registrales, entre otras: – El retraso en más de cuatro meses en la llevanza de la contabilidad o de los libros y registros establecidos por las normas tributarias. – La autorización de libros y registros
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Obligación de legalizar telemáticamente los libros oficiales
- 3 marzo, 2015
- Categorias: Fiscal
El pasado 16 de febrero se publicó en el BOE la Instrucción de la Dirección General de Registros y del Notariado de 12 de febrero de 2015 que aclara y unifica criterios para la legalización de los libros que los empresarios deben llevar obligatoriamente. Es importante constatar lo siguiente: a) El nuevo sistema de legalización
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Los libros obligatorios deberán legalizarse por medios telemáticos anualmente
- 2 marzo, 2015
- Categorias: Fiscal
La Instrucción de 12 de febrero de 2015 de la Dirección General de los Registros y el Notariado sobre la legalización de libros de los empresarios en aplicación del artículo 18 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización establece, para los ejercicios iniciados a partir del
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Simplificación del registro de operaciones en el libro diario
- 5 diciembre, 2013
- Categorias: Fiscal
Anotación conjunta siempre que los totales de las operaciones no comprendan periodos superiores al trimestre Con efectos desde el 29 de septiembre de 2013 a través de la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores, en su artículo 48, se ha modificado el art. 28.2 del Código de Comercio, estableciéndose, en relación con la anotación conjunta de las operaciones