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Alquiler de vivienda habitual. Últimas precisiones de la dirección general de tributos.
- 4 abril, 2014
- Categorias: Fiscal
No hay comentariosComo se recordará, los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales podrán deducirse el 10,05 por ciento de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual. La base máxima de esta deducción será de: a) cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros