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El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en su resolución de 2 de abril de 2014 no admite como deducibles en el Impuesto sobre Sociedades las cuotas derivadas de actas por retenciones a cuenta del IRPF por rendimientos del trabajo, deducidas en el ejercicio en que la liquidación fue firme. La Resolución del TEAC que comentamos se
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