Gestión ley de Segunda Oportunidad

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¿Qué es la ley de 2ª oportunidad?

La ley de la 2ª oportunidad de las personas físicas establece que las personas que no hayan podido hacer frente a sus deudas tengan un procedimiento para exonerar la parte que no haya podido satisfacer y así tener una segunda oportunidad de constituir su futuro sin la amenaza de las deudas del pasado.

La reforma de la Ley Concursal a través de la Ley 25/2015, de 28 de julio, incorpora la posibilidad de acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. De forma que a partir de dicha exoneración dejaría de ser de aplicación el artículo 1911 del Código Civil, en virtud del cual el deudor responde de sus obligaciones con todos sus bienes presentes y futuros.

La exoneración del pasivo insatisfecho la debe solicitar el deudor una vez se haya declarado la conclusión del concurso, bien por liquidación, bien por insuficiencia de la masa activa.

Se exige que el deudor sea de buena fe para evitar que la exoneración se convierta en un instrumento para eludir responsabilidades, y se establecen cuatro requisitos para ello:

  1. Que el concurso no haya sido declarado culpable (excepto que haya sido declarado culpable por incumplimiento del deber de solicitar la declaración del concurso).
  2. Que el deudor no haya sido declarado por sentencia firme en los diez años anteriores a la declaración del concurso, por delitos contra el patrimonio, orden socioeconómico, haciendo pública, seguridad social o derechos de los trabajadores.
  3. Que el deudor haya celebrado o intentado un acuerdo extrajudicial de pagos.
  4. Y que haya satisfecho la totalidad de los créditos contra la masa, la totalidad de los créditos concursales privilegiados y si no ha intentado un acuerdo extrajudicial previo, al menos un 25% del importe de los créditos concursales ordinarios.

Beneficios

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¿Para quién?

Para personas físicas en concurso de acreedores. 

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