- 30 diciembre, 2022
- Categorias: Actualidad Laboral, Empresas, Recursos Humanos
Se prorroga la vigencia del Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2022. Por lo tanto, se prorroga el SMI de 2022 para 2023, mientras no se llegue a un acuerdo en relación a su subida.
Le informamos que mediante el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, se incluye la medida por la cual se prórroga de la vigencia del Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2022.
Hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2023 en el marco del diálogo social, en los términos establecidos en aquel, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores se prorroga la vigencia del salario mínimo interprofesional para 2022 (art. 100 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre)
Periodo | Día | 14 pagas | 12 pagas | Anual | Personas trabajadoras eventuales y temporeras | Empleados de hogar |
Desde 1 de enero de 2023 hasta la publicación del SMI 2023. | 33,33 euros | 1000 euros | 1.166,66 euros | 14.000 euros | 47,36 (por jornada legal en la actividad) | 7,82 euros (por hora efectivamente trabajada) |
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JDA/SFAI