- 11 abril, 2012
- Categorias: Legal
Mediante el Real Decreto-Ley 9/2012, de 16 de marzo, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital (BOE número 66 del día 17 de marzo), con efectos 18 de marzo de 2012, se simplifican los requisitos en el caso de escisión por constitución de nuevas sociedades cuando las acciones, participaciones o cuotas de cada una de las nuevas sociedades se atribuyan a los socios de la sociedad que se escinda proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de ésta, de manera que no serán necesarios el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.
Asimismo se simplifica el número o el contenido de los documentos que han de ser puestos a disposición de los socios y se agilizan las operaciones de fusión y escisión, encauzando la publicidad previa al acuerdo de fusión a través de la página Web de las sociedades de capital como alternativa al depósito de los proyectos de fusión y de escisión en el Registro Mercantil, respetando en todo caso la adecuada tutela de los acreedores y de los trabajadores de la sociedad.