- 4 noviembre, 2013
- Categorias: Fiscal
Entre las distintas normas en fase de tramitación cabe destacar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 y el Proyecto de Ley por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, reseñando a continuación las principales contenidas en los proyectos mencionados.
Impuesto sobre Sociedades
Las novedades afectan a los aspectos siguientes:
a) Coeficientes de corrección monetaria aplicables a la venta de inmuebles. Se actualizan los coeficientes correctores del efecto de la inflación, aplicables sobre los valores de adquisición de los bienes inmuebles que sean objeto de transmisión durante el ejercicio 2013 . Los nuevos coeficientes oscilan entre 2,313 para inmuebles adquiridos con anterioridad a 1984 y el 1,000 para los adquiridos en 2013.
b) Limitación a la deducibilidad de diversos conceptos. Dejan de ser deducibles las pérdidas por deterioro de valores en cartera y las rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente, que se imputarán en el periodo impositivo en que se transmitan a terceros.
c) Tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo. Se prorroga la aplicación del tipo reducido del 20% / 25% al ejercicio 2014, aplicable a empresas con mantenimiento de plantilla media, cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y plantilla media inferior a 25 empleados.
La ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, aprobó un tipo del 15% /20% para las entidades constituidas a partir de 1 de enero de 2013 que sólo será de aplicación al primer periodo impositivo en que la base resulte positiva y el siguiente.
d) Gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información. Los gastos e inversiones en las TIC para habituar a los empleados seguirán sin ser considerados como retribución en especie durante el ejercicio 2014. Igualmente queda prorrogada la deducción en el Impuesto sobre Sociedades, del 1% / 2% del importe de estos gastos e inversiones.
e) Pagos fraccionados. Se mantiene el tipo del 18% para el pago fraccionado en la modalidad de cálculo sobre la cuota de la última declaración presentada.
Para las entidades que deban calcular el pago fraccionado en base al resultado contable del ejercicio en curso sigue vigente el tipo del 23 por 100 para empresas cuya cifra de negocios sea superior a 10 millones e inferior a 20 millones, del 26 por 100 si la cifra de negocios está entre 20 y 60 millones de euros y el 29 por 100 si la cifra de negocios es superior a 60 millones de euros.
En este último supuesto, continúan las limitaciones en cuanto a la compensación de las bases imponibles negativas, la deducibilidad de los gastos financieros, o la tributación mínima para las sociedades cuyo volumen de negocios en el ejercicio anterior hubiera sido superior a 20 millones de euros.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Las principales novedades en cuanto a la tributación por el IRPF son las siguientes:
a) Coeficientes de corrección monetaria aplicables a la venta de inmuebles. En la venta de inmuebles afectos a actividades empresariales resultan aplicables los coeficientes descritos en el apartado del Impuesto sobre Sociedades.
En la transmisión de inmuebles no afectos a actividades empresariales serán aplicables unos coeficientes de actualización que oscilan entre el 1,3299 (aplicable a inmuebles adquiridos con anterioridad al año 1994) y el 1,0100 para los adquiridos en 2013.
b) Reducción del rendimiento neto por mantenimiento de empleo. Los empresarios o profesionales que realicen actividades económicas podrán reducir en un 20 por 100 su rendimiento neto positivo si su cifra de negocios es inferior a 5 millones y su plantilla es inferior a 25 empleados e igual o superior a 1 personas y a la media de 2008. El importe de esta reducción no puede superar el 50 por 100 del importe de las retribuciones satisfechas al conjunto de trabajadores.
c) Gravamen complementario a la cuota íntegra estatal. Continuarán vigentes los mismos tipos impositivos incrementados para la escala que aplica a la base liquidable general. Dichos incrementos van del 0,75 al 7 por 100.
También quedará prorrogada la escala de los tipos a aplicar en la base liquidable del ahorro, base que se seguirá gravando al 21, 25 o 27 por 100.
d) Compensación por rendimientos de capital mobiliario generados en más de dos años contratados hasta 2006. Los rendimientos del capital mobiliario procedentes de instrumentos financieros contratados con anterioridad a 20 de enero de 2006 a los que aplicaba una reducción del 40 por 100 hasta 2006, siguen manteniendo una compensación en el IRPF con el fin de limitar su tributación a la que hubiese sido aplicable conforme a la anterior normativa.
e) Tipos de retención. Durante el año 2014 se mantiene vigente el tipo de retención del 21 por 100 aplicable sobre los rendimientos del trabajo derivados de cursos, conferencias, coloquios, rendimientos de actividades profesionales, rendimientos de capital mobiliario, rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, etc.
Además, el tipo de retención sobre los rendimientos del trabajo que perciban los administradores y miembros del consejo de administración continúa siendo del 42 por 100.
Impuesto sobre la renta de no residentes
Quedan prorrogados para el 2014 los tipos de gravamen (general del 24,75 por 100 y del 21 por 100 para los dividendos, capital mobiliario y ganancias patrimoniales).
Impuesto sobre el Patrimonio
Se mantiene la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio con efectos para 2014. No obstante, la norma recoge una bonificación de la cuota íntegra del impuesto en un 100 por 100, que se aplicaría a partir de 2015.
Coeficientes de actualización de valores catastrales
El Proyecto de Ley de Presupuestos fija los coeficientes de actualización de los valores catastrales para el ejercicio 2014, que serán aplicables para los inmuebles cuyos valores fueron revisados con anterioridad a 2009. Esta actualización afectará a aquellos impuestos municipales que toman como referencia para su liquidación el valor catastral, como son el IBI, La Plusvalía Municipal, etc.
Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte
Con efectos desde uno de enero de 2014 quedarán exentos de este impuesto los medios de transporte matriculados en otro Estado miembro de la UE y que sean alquilados a un proveedor de otro Estado miembro por personas o entidades residentes en España durante un periodo no superior a tres meses.
Actualización de tasas
Las tasas estatales se actualizarán, con carácter general, al uno por 100 los tipos de cuantía fija, salvo las tasas creadas o actualizadas durante 2013.
Tipos de interés
Se mantiene para 2014 el tipo de interés legal del dinero en el 4 por 100 y el de demora en el 5 por 100.
Índice Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
El IPREM, que sirve de referencia para diversos impuestos, se mantiene para el año 2014 en 7.455,14 euros anuales o en 6.390,13 euros si se excluyen las pagas extraordinarias.
Entre las distintas normas en fase de tramitación cabe destacar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 y el Proyecto de Ley por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, reseñando a continuación las principales contenidas en los proyectos mencionados.
Impuesto sobre Sociedades
Las novedades afectan a los aspectos siguientes:
a) Coeficientes de corrección monetaria aplicables a la venta de inmuebles. Se actualizan los coeficientes correctores del efecto de la inflación, aplicables sobre los valores de adquisición de los bienes inmuebles que sean objeto de transmisión durante el ejercicio 2013 . Los nuevos coeficientes oscilan entre 2,313 para inmuebles adquiridos con anterioridad a 1984 y el 1,000 para los adquiridos en 2013.
b) Limitación a la deducibilidad de diversos conceptos. Dejan de ser deducibles las pérdidas por deterioro de valores en cartera y las rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente, que se imputarán en el periodo impositivo en que se transmitan a terceros.
c) Tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo. Se prorroga la aplicación del tipo reducido del 20% / 25% al ejercicio 2014, aplicable a empresas con mantenimiento de plantilla media, cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y plantilla media inferior a 25 empleados.
La ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, aprobó un tipo del 15% /20% para las entidades constituidas a partir de 1 de enero de 2013 que sólo será de aplicación al primer periodo impositivo en que la base resulte positiva y el siguiente.
d) Gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información. Los gastos e inversiones en las TIC para habituar a los empleados seguirán sin ser considerados como retribución en especie durante el ejercicio 2014. Igualmente queda prorrogada la deducción en el Impuesto sobre Sociedades, del 1% / 2% del importe de estos gastos e inversiones.
e) Pagos fraccionados. Se mantiene el tipo del 18% para el pago fraccionado en la modalidad de cálculo sobre la cuota de la última declaración presentada.
Para las entidades que deban calcular el pago fraccionado en base al resultado contable del ejercicio en curso sigue vigente el tipo del 23 por 100 para empresas cuya cifra de negocios sea superior a 10 millones e inferior a 20 millones, del 26 por 100 si la cifra de negocios está entre 20 y 60 millones de euros y el 29 por 100 si la cifra de negocios es superior a 60 millones de euros.
En este último supuesto, continúan las limitaciones en cuanto a la compensación de las bases imponibles negativas, la deducibilidad de los gastos financieros, o la tributación mínima para las sociedades cuyo volumen de negocios en el ejercicio anterior hubiera sido superior a 20 millones de euros.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Las principales novedades en cuanto a la tributación por el IRPF son las siguientes:
a) Coeficientes de corrección monetaria aplicables a la venta de inmuebles. En la venta de inmuebles afectos a actividades empresariales resultan aplicables los coeficientes descritos en el apartado del Impuesto sobre Sociedades.
En la transmisión de inmuebles no afectos a actividades empresariales serán aplicables unos coeficientes de actualización que oscilan entre el 1,3299 (aplicable a inmuebles adquiridos con anterioridad al año 1994) y el 1,0100 para los adquiridos en 2013.
b) Reducción del rendimiento neto por mantenimiento de empleo. Los empresarios o profesionales que realicen actividades económicas podrán reducir en un 20 por 100 su rendimiento neto positivo si su cifra de negocios es inferior a 5 millones y su plantilla es inferior a 25 empleados e igual o superior a 1 personas y a la media de 2008. El importe de esta reducción no puede superar el 50 por 100 del importe de las retribuciones satisfechas al conjunto de trabajadores.
c) Gravamen complementario a la cuota íntegra estatal. Continuarán vigentes los mismos tipos impositivos incrementados para la escala que aplica a la base liquidable general. Dichos incrementos van del 0,75 al 7 por 100.
También quedará prorrogada la escala de los tipos a aplicar en la base liquidable del ahorro, base que se seguirá gravando al 21, 25 o 27 por 100.
d) Compensación por rendimientos de capital mobiliario generados en más de dos años contratados hasta 2006. Los rendimientos del capital mobiliario procedentes de instrumentos financieros contratados con anterioridad a 20 de enero de 2006 a los que aplicaba una reducción del 40 por 100 hasta 2006, siguen manteniendo una compensación en el IRPF con el fin de limitar su tributación a la que hubiese sido aplicable conforme a la anterior normativa.
e) Tipos de retención. Durante el año 2014 se mantiene vigente el tipo de retención del 21 por 100 aplicable sobre los rendimientos del trabajo derivados de cursos, conferencias, coloquios, rendimientos de actividades profesionales, rendimientos de capital mobiliario, rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, etc.
Además, el tipo de retención sobre los rendimientos del trabajo que perciban los administradores y miembros del consejo de administración continúa siendo del 42 por 100.
Impuesto sobre la renta de no residentes
Quedan prorrogados para el 2014 los tipos de gravamen (general del 24,75 por 100 y del 21 por 100 para los dividendos, capital mobiliario y ganancias patrimoniales).
Impuesto sobre el Patrimonio
Se mantiene la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio con efectos para 2014. No obstante, la norma recoge una bonificación de la cuota íntegra del impuesto en un 100 por 100, que se aplicaría a partir de 2015.
Coeficientes de actualización de valores catastrales
El Proyecto de Ley de Presupuestos fija los coeficientes de actualización de los valores catastrales para el ejercicio 2014, que serán aplicables para los inmuebles cuyos valores fueron revisados con anterioridad a 2009. Esta actualización afectará a aquellos impuestos municipales que toman como referencia para su liquidación el valor catastral, como son el IBI, La Plusvalía Municipal, etc.
Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte
Con efectos desde uno de enero de 2014 quedarán exentos de este impuesto los medios de transporte matriculados en otro Estado miembro de la UE y que sean alquilados a un proveedor de otro Estado miembro por personas o entidades residentes en España durante un periodo no superior a tres meses.
Actualización de tasas
Las tasas estatales se actualizarán, con carácter general, al uno por 100 los tipos de cuantía fija, salvo las tasas creadas o actualizadas durante 2013.
Tipos de interés
Se mantiene para 2014 el tipo de interés legal del dinero en el 4 por 100 y el de demora en el 5 por 100.
Índice Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
El IPREM, que sirve de referencia para diversos impuestos, se mantiene para el año 2014 en 7.455,14 euros anuales o en 6.390,13 euros si se excluyen las pagas extraordinarias.