- 4 enero, 2021
- Categorias: Actualidad Fiscal
Mediante el Real Decreto-ley 39/2020 de 29 de diciembre, B.O.E. del día 30 de diciembre, y entrada en vigor el mismo día 30 de diciembre, se introducen dos novedades que reseñamos seguidamente.
Exención del ingreso mínimo vital ben el IRPF
Se declara exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el ingreso mínimo vital en iguales condiciones que las demás prestaciones públicas sociales establecidas por las Comunidades Autónomas y otras entidades locales para atender a colectivos en riesgo de exclusión social.
Tanto el ingreso mínimo vital como estas otras ayudas quedan exentas hasta un importe máximo anual conjunto de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM).
Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
Se amplían en un año los plazos para efectuar la materialización de la RIC dotada con beneficios obtenidos en los periodos impositivos iniciados en el 2016 y para las inversiones anticipadas realizadas en 2017 y consideradas como materialización de la misma.
JDA SFAI