Novedades en el ámbito laboral del Real Decreto-ley 20/2022 de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania

Entre otras novedades, se prorroga temporalmente el salario mínimo interprofesional (SMI) fijado para 2022, se produce el aumento del ingreso mínimo vital y pensiones no contributivas, y se seguirá aplicando la regulación para la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo. Además se prorrogan las medidas laborales (prohibición de despedir) vinculadas con el disfrute de ayudas públicas relacionadas con el coste de la energía.

Le informamos que el 28 de diciembre de 2022 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

La norma tiene como finalidad establecer un marco normativo específico para contener el alza de los precios y apoyar a los ciudadanos y empresas más afectados en el ámbito de la energía, los alimentos, el transporte, la industria de gas intensiva, la estabilidad económica y financiera y el escudo social.

MEDIDAS LABORALES Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Adquiere relevancia laboral esta norma porque, en primer lugar, prorroga temporalmente el salario mínimo interprofesional (SMI) fijado para 2022 por el Real Decreto 152/2022.

En segundo lugar, interesa este Real Decreto-ley 20/2022 porque extiende hasta el 30 de junio de 2023 el período de vigencia de las medidas de apoyo público en el ámbito laboral frente a la crisis derivada de la invasión de Ucrania, que regulan el art. 44 RDL 6/2022 y el art. 1.Diez RDL 11/2022. Ello conlleva que, durante los próximos meses, (i) las empresas beneficiarias de las ayudas directas contempladas en dicha regulación seguirán sin poder justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos; y (ii) que las empresas que se acojan a ERTEs por causas relacionadas con la invasión de Ucrania, y se hayan beneficiado de apoyo público, seguirán sin poder utilizar estas causas para realizar despidos.

Las principales medidas en materia laboral y de Seguridad Social que prevé la norma son las siguientes:

1. Incremento extraordinario de las pensiones de jubilación e invalidez del sistema de Seguridad Social, en su modalidad no contributiva y de la prestación del ingreso mínimo vital

Se aplicará un incremento extraordinario a las pensiones de jubilación e invalidez no contributivas, como al ingreso mínimo vital, desde el 1 de enero de 2023 y para todo el año, mediante el complemento del porcentaje que se deba aplicar a dichas prestaciones para su actualización de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 hasta alcanzar un porcentaje total del 15%.

2. Prórroga de la regulación de la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de un contrato de relevo vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2011

Se modifica la Ley General de la Seguridad Social para establecer una prórroga de la regulación para la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de un contrato de relevo, vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, a las pensiones causadas antes del 1 de enero de 2024. Asimismo, se establecen los requisitos para su acceso.

3. Prórroga de la vigencia del SMI para 2022

Hasta que se apruebe el Real Decreto que fijará el salario mínimo interprofesional para el año 2023, se prorroga la vigencia del SMI fijado para el año 2022.

En concreto, durante las primeras semanas o los primeros meses de 2023, seguirán siendo 33,33 €/día o 1.000 €/mes el SMI, hasta que se apruebe el nuevo real decreto que fije el SMI para el año 2023.

4. Prórroga de las medidas laborales (prohibición de despedir) vinculadas con el disfrute de ayudas públicas relacionadas con el coste de la energía

Se prevé que el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2023, por parte de aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en la norma. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida. Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.

5. Prórroga de las cuotas a la Seguridad Social

Dadas las dificultades que se derivan del actual contexto económico, se prorroga, por un plazo de tres meses más, el régimen extraordinario de aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social a que se refieren el artículo 2 RDL 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía, el artículo 37 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y el artículo 28 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania (art. 82 RDL 20/2022).

6. Jubilación activa para los profesionales sanitarios

Para seguir incorporando facultativos y reforzar los servicios de atención primaria, se aprueba la jubilación activa mejorada, que va a permitir que profesionales sanitarios de atención primaria, médicos de familia y pediatras en edad de jubilación puedan continuar durante los próximos 3 años compatibilizando el 75 % de su pensión con el servicio activo a tiempo completo o a media jornada.

7. Medidas de apoyo para afectados por el volcán de La Palma

La norma aprobada incluye también diversas medidas para seguir ayudando a los ciudadanos y empresas afectados por la erupción del volcán de La Palma. En concreto, se mantiene la moratoria de préstamos hipotecarios y no hipotecarios para los afectados que la hubieran solicitado, limitada a seis meses.

Se prorrogan hasta el 30 de junio los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) derivados de las situaciones de fuerza mayor provocadas por la erupción del volcán, y se incluyen como posibles beneficiarios de las ayudas por daños materiales en la vivienda habitual no solo a los propietarios sino a los titulares del usufructo sobre la vivienda.

Se prorroga a su vez la prestación para trabajadores autónomos hasta junio de 2023.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

 

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JDA/SFAI

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