La próxima reforma de la Ley de Dependencia y Discapacidad. Principales reformas.

El Consejo de Ministros en su reunión del 11 de febrero de 2025, ha aprobado el Anteproyecto de Ley para la reforma de la Ley de Dependencia y Discapacidad, que busca mejorar la calidad de vida de las personas con necesidades de apoyo y sus familias. Esta iniciativa introduce cambios sustanciales en materia de accesibilidad, atención personalizada y derechos fundamentales, eliminando barreras burocráticas y permitiendo una mayor flexibilidad en la elección de prestaciones y servicio.

 

1. Principales objetivos de la reforma

La nueva normativa tiene como propósito:

  • Garantizar el acceso universal a la teleasistencia y otros servicios esenciales.
  • Eliminar incompatibilidades entre prestaciones para una mayor personalización.
  • Agilizar los trámites administrativos y reducir la burocracia.
  • Crear un marco normativo que refuerce la accesibilidad en espacios públicos y privados.
  • Establecer derechos adicionales para personas con dependencia y discapacidad.

2. Cambios clave en la Ley de Dependencia

2.1. Ampliación de los derechos de las personas dependientes

  • Acceso universal a la teleasistencia: Todas las personas en situación de dependencia tendrán derecho a este servicio, sin restricciones presupuestarias.
  • Flexibilización del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD): Se amplían las funciones de los profesionales del SAD para incluir acompañamientos a citas médicas y gestiones cotidianas.
  • Compatibilidad de prestaciones: Se elimina el régimen de incompatibilidades entre servicios, permitiendo que los beneficiarios combinen distintas ayudas según sus necesidades.
  • Eliminación del periodo de carencia en la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar (PCEF): Los beneficiarios podrán acceder a esta ayuda sin el requisito previo de dos años.
  • Reconocimiento de cuidadores no profesionales: Ahora, los amigos de la persona dependiente podrán ser reconocidos oficialmente como cuidadores.

2.2. Cambios en la evaluación económica y penalizaciones

  • La vivienda habitual deja de computar como patrimonio para el cálculo de prestaciones.
  • No habrá sanciones para quienes rechacen servicios no adaptados a sus necesidades, como una plaza de residencia que no les convenza.

2.3. Participación en el Plan Individual de Atención (PIA)

  • Se otorga a las personas dependientes el derecho a intervenir en la elaboración de su PIA, asegurando su autonomía en la toma de decisiones.
  • Se eliminan los recortes económicos en la prestación de servicios y ayudas.

2.4. Asistencia personal y procesos administrativos

  • La asistencia personal deja de ser una prestación y pasa a considerarse un servicio, aunque cada comunidad autónoma decidirá su implementación.
  • Se agilizarán los trámites para personas en especial vulnerabilidad, estableciendo procesos de urgencia.
  • Los profesionales de centros de mayores deberán presentar un certificado de delitos sexuales para reforzar la seguridad de los residentes.

3. Reforma en accesibilidad: un derecho garantizado

3.1. Creación del Fondo Estatal de Accesibilidad Universal

  • Se destinarán recursos estatales para financiar la eliminación de barreras arquitectónicas en viviendas y edificios públicos.

3.2. Cambios en la Ley de Propiedad Horizontal

  • Obligación de realizar obras de accesibilidad en edificios donde residan personas con discapacidad.
  • Subvenciones y ayudas estatales para la adaptación de viviendas y comunidades de vecinos.
  • Ampliación del plazo de pago de las cuotas para sufragar obras de accesibilidad.

4. Reforma de la Ley de Discapacidad

4.1. Eliminación de discriminaciones en seguros

  • Se prohíbe a las aseguradoras rechazar la contratación de seguros de salud o de vida a personas con discapacidad.

4.2. Tecnología y accesibilidad

  • Se supervisará el desarrollo de inteligencia artificial para evitar sesgos discriminatorios.
  • Se designará a las personas con discapacidad como grupo de interés preferente en ciencia y tecnología.

4.3. Protección de colectivos vulnerables

  • Se garantizará el acceso a servicios de atención temprana para niños con discapacidad.
  • Se reforzará la protección de mujeres con discapacidad en materia de salud sexual y reproductiva.

Resumen de la reforma

Ámbito Novedades
Dependencia – Teleasistencia reconocida como derecho. – Ampliación del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) para incluir acompañamientos y gestiones. – Posibilidad de combinar varias prestaciones sin incompatibilidades. – Eliminación del periodo de carencia de dos años para acceder a la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar (PCEF). – Se permite que amigos puedan ser cuidadores no profesionales.
Cálculo de capacidad económica – La vivienda habitual deja de computar para determinar la capacidad económica del beneficiario. – No habrá sanciones para quienes rechacen servicios que no se ajusten a sus necesidades.
Plan Individual de Atención (PIA) – Derecho garantizado a participar en la elaboración del PIA.
Asistencia Personal – Deja de ser una prestación y pasa a ser un servicio (dependiendo de cada comunidad autónoma).
Procesos administrativos – Tramitación urgente para personas en especial vulnerabilidad.
Seguridad en centros de mayores – Exigencia de certificado de delitos sexuales para profesionales que trabajen con personas dependientes.
Accesibilidad – Creación del Fondo Estatal de Accesibilidad Universal. – Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a realizar obras de accesibilidad en edificios con personas con discapacidad.
Subvenciones – Ayudas estatales para la adaptación de viviendas. – Ampliación del plazo de pago para sufragar obras de accesibilidad en comunidades de vecinos.
Atención integral – Coordinación entre los servicios sanitarios y sociales para una atención más efectiva.
Derechos de las personas con discapacidad – Se prohíbe la discriminación en la contratación de seguros de salud y vida.
Uso de tecnología – Supervisión de la inteligencia artificial para evitar sesgos discriminatorios.
Enfoque de género y atención temprana – Garantía de derechos específicos para mujeres con discapacidad. – Desarrollo de servicios de atención temprana para niños y niñas con discapacidad.

Pueden ponerse en contacto con nosotros para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo,

 

Grupo JDA

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