- 7 noviembre, 2019
- Categorias: Laboral, Recursos Humanos
El despido objetivo de un trabajador que falte el 20% o más de días laborables al trabajo de forma justificada durante dos meses es legal. Así lo ha refrendado el Pleno del Tribunal Constitucional por absentismo derivado de reiteradas bajas por enfermedad, dando respuesta a una cuestión de constitucionalidad planteada por un juzgado barcelonés sobre el artículo 52 d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
El Tribunal Constitucional (TC) concluyó que el límite al derecho al trabajo se justifica por la “libertad de empresa y la defensa de la productividad «atendiendo a la singular onerosidad que las bajas intermitentes y de corta duración suponen para el empleador».
Los jueces señalan que la regulación tiene la «finalidad lícita de eximir al empresario de la obligación de mantener una relación laboral que ha devenido onerosa en exceso para la empresa, por las repetidas faltas de asistencia del trabajador a su puesto; esas ausencias intermitentes, aun cuando lo sean por causas justificadas, generan un incremento de costes laborales que la empresa no tiene por qué soportar».
No obstante, el fallo ha venido acompañado del voto particular de tres de los doce magistrados, que han mostrado clara disconformidad con la decisión y se han inclinado por la protección del trabajador.
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JDA/SFAI