Medidas urgentes en materia de Seguridad Social

El Consejo de Ministros del pasado 27 de diciembre, aprobó el Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social.

Comentamos, a continuación, las medidas adoptadas:

Prórroga del Salario Mínimo Interprofesional para 2020

Hasta que se apruebe el real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para el año 2020, se prorrogan los efectos del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019.

Recordemos que el SMI de 2019, quedó fijado en 30 euros/día o 900 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses. Suponiendo un SMI anual de 12.600 euros.

 

Revalorización de las pensiones de Seguridad Social

Provisionalmente, desde el 1 de enero de 2020 y en tanto entre en vigor la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho año u otra norma con rango legal que regule esta materia, las pensiones de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado mantendrán el mismo importe que tuvieran reconocido a 31 de diciembre de 2019, manteniéndose asimismo las cuantías de pensiones y prestaciones, así como los límites de ingresos aplicables.

Las pensiones de Seguridad Social, las de Clases Pasivas del Estado, las causadas al amparo de la legislación especial de guerra y otras prestaciones públicas estatales mantendrán el mismo importe que tuvieran reconocido a 31 de diciembre de 2019.

Una vez aprobada la norma correspondiente, la revalorización de las pensiones y otras prestaciones públicas producirá efectos desde el 1 de enero de 2020.

 

Tipos y bases de cotización a la Seguridad Social para 2020

Se prorrogan de momento las cuantías del tope máximo y de la base máxima de cotización en el sistema de Seguridad Social establecidas en el artículo 3 del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

 

Normas de cotización a la Seguridad Social

Se mantiene la aplicación de la Orden TMS/83/2019, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2019.

 

Reducción de las cotizaciones por disminución de la siniestralidad

Se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, previsto en el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, para las cotizaciones que se generen durante el año 2020.

Cláusula de salvaguarda

El RD-Ley establece que debe garantizarse durante 2020 el mantenimiento de la normativa previa a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, para determinados colectivos que vieron extinguida su relación laboral antes de 2013. A la vista de que la prórroga de esta previsión hasta el 31 de diciembre de 2019 recogida por el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, no ha sido suficiente para paliar los efectos que la nueva regulación causaría a aquellos trabajadores que salieron del mercado laboral a edad avanzada sin haber podido retomar su carrera profesional y con la consiguiente afectación directa en sus cotizaciones y prestaciones, se hace necesario por razones de seguridad jurídica y de preservación de la igualdad su extensión hasta el final de 2020.


JDA SFAI 

 

print


Dejar un comentario "El nombre que nos facilite aparecerá publicado junto a su comentario"