La reforma de la ‘Ley Beckham’

Hasta hace un par de años, la Ley permitía a los trabajadores extranjeros cuyos ingresos anuales fueran superiores a 600.000 euros, que tributasen en España a un tipo inferior al que lo hacían los nacionales.

La idea era, sin duda, atraer personal cualificado, cerebros científicos y grandes profesionales para que se incorporasen a empresas españolas. Pero dicha Ley fue también aprovechada, y de ahí su sobrenombre, por los clubes de fútbol español, para captar a grandes jugadores, a la vista de que en otros países de Europa tenían que cotizar más. Por ejemplo, en Alemania tributaban al 45%, en Inglaterra se habla de una subida del 40% al 50% y en Italia al 43% (por citar las otras ligas potentes del fútbol europeo). En España se permitió que los extranjeros tributasen al 24%, lo que ha servido para que hayamos visto jugar en nuestro país a los Beckham, Ronaldinho, Agüero, Cristiano o Ibrahimovic, entre tantos otros.

Pero hace ya un par de años, el famoso artículo 93 de la Ley 35/2006 fue reformado de modo que a partir de enero de 2010 todo trabajador extranjero cuyos ingresos fueran superiores a 600.000 euros, pasaría de tributar al 24% a hacerlo al 43%. Cabe tener en cuenta, a pesar de ello, que la Ley no tiene carácter retroactivo y que ello significa que todos los jugadores que rubricasen su contrato antes de esa fecha seguirán tributando al tipo aplicado del 24% (lo cuál nos hace entender, por poner un ejemplo, por qué el Madrid sólo se planteaba la venta de Kaká este verano, pues si le hubiese cedido, cuando hubiera vuelto le hubiera tenido que pagar 2,5 millones de euros a Hacienda, al estar aún el contrato del brasileño bajo los efectos en la Ley Beckham).

Precisamente, el pasado 30 de octubre de 2012 en el ICAB, mediante su novedosa sección de Derecho Deportivo, tuvo lugar una interesante conferencia sobre este asunto, titulada La reforma de la Ley Beckham: un justo aumento de la presión fiscal.

Hasta hace un par de años, la Ley permitía a los trabajadores extranjeros cuyos ingresos anuales fueran superiores a 600.000 euros, que tributasen en España a un tipo inferior al que lo hacían los nacionales.

La idea era, sin duda, atraer personal cualificado, cerebros científicos y grandes profesionales para que se incorporasen a empresas españolas. Pero dicha Ley fue también aprovechada, y de ahí su sobrenombre, por los clubes de fútbol español, para captar a grandes jugadores, a la vista de que en otros países de Europa tenían que cotizar más. Por ejemplo, en Alemania tributaban al 45%, en Inglaterra se habla de una subida del 40% al 50% y en Italia al 43% (por citar las otras ligas potentes del fútbol europeo). En España se permitió que los extranjeros tributasen al 24%, lo que ha servido para que hayamos visto jugar en nuestro país a los Beckham, Ronaldinho, Agüero, Cristiano o Ibrahimovic, entre tantos otros.

Pero hace ya un par de años, el famoso artículo 93 de la Ley 35/2006 fue reformado de modo que a partir de enero de 2010 todo trabajador extranjero cuyos ingresos fueran superiores a 600.000 euros, pasaría de tributar al 24% a hacerlo al 43%. Cabe tener en cuenta, a pesar de ello, que la Ley no tiene carácter retroactivo y que ello significa que todos los jugadores que rubricasen su contrato antes de esa fecha seguirán tributando al tipo aplicado del 24% (lo cuál nos hace entender, por poner un ejemplo, por qué el Madrid sólo se planteaba la venta de Kaká este verano, pues si le hubiese cedido, cuando hubiera vuelto le hubiera tenido que pagar 2,5 millones de euros a Hacienda, al estar aún el contrato del brasileño bajo los efectos en la Ley Beckham).

Precisamente, el pasado 30 de octubre de 2012 en el ICAB, mediante su novedosa sección de Derecho Deportivo, tuvo lugar una interesante conferencia sobre este asunto, titulada La reforma de la Ley Beckham: un justo aumento de la presión fiscal.

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