Factura Electrónica Obligatoria y Sistema Verifactu: Lo que hay que saber

La introducción de la factura electrónica obligatoria ha suscitado numerosas inquietudes entre clientes, profesionales y empresas. Aunque todavía no se ha fijado una fecha concreta para su implementación, en JDA estamos completamente preparados para llegar a ella. A continuación, aclararemos los conceptos de Factura Electrónica Obligatoria y el Sistema Verifactu para disipar cualquier confusión.

 

Factura Electrónica Obligatoria

La Ley 18/2022, también conocida como la Ley Crea y Creix, establece la obligatoriedad de utilizar la factura electrónica en las transacciones entre empresarios y profesionales (B2B). Esto implica que, cuando se aplique, todas las facturas, con formato específico, tendrán que enviarse mediante un sistema informático específico proporcionado por JDA o la propia administración a la Agencia Tributaria.

Aunque la ley entró en vigor el 19 de octubre de 2022, todavía no se ha aprobado el reglamento que desarrollará su aplicación. Existe un borrador en discusión que podría sufrir modificaciones antes de su aprobación. Cuando el reglamento sea ratificado, las empresas con una facturación superior a 8 millones de euros tendrán un año para adaptarse, mientras que el resto de las empresas y profesionales contarán con un plazo de dos años para implementar la facturación electrónica en sus sistemas.

Es crucial resaltar que, hasta que se apruebe el reglamento, no existe obligación de utilizar este sistema. Esto nos brinda un tiempo adecuado para implementarlo y ofrecerle toda la asistencia necesaria durante el proceso de adaptación.

Sistema Verifactu

Por otro lado, encontramos el Sistema Verifactu, publicado el pasado día 6 de diciembre de 2023 en el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, donde se establecen los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos empresarios y profesionales que facturen menos de 6 millones de euros. Este Real Decreto seguirá la orden ministerial de desarrollo técnico, a partir de la cual los desarrolladores de software tendrán que adaptar sus productos en un plazo máximo de 9 meses.

 

Los programas de facturación se pueden adaptar de dos formas. La primera mediante el uso de VERIFACTU para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturas mediante el envío inmediato de los registros a la AEAT.  O la segunda opción, mediante la adopción de un software que asegure la inalterabilidad y la integridad cumpliendo unos requisitos técnicos de la AEAT, que podrá en cualquier momento requerir su acceso.

 A diferencia de la facturación electrónica, que sólo afecta a transacciones B2B y se centra en la digitalización del proceso de generación de facturas, el sistema VERIFACTU está focalizado en el envío de los registros de facturas a la AEAT de forma automática.

Nuestro compromiso

En JDA estamos comprometidos a facilitar la transición hacia estos nuevos sistemas. Nuestro equipo interno de informática ha trabajado en ofrecer soluciones adaptadas a las necesidades de nuestros clientes, asegurando un proceso sencillo y completamente integrado en nuestros servicios.

 

Nuestro objetivo es ofrecer soluciones integrales que permitan a nuestros clientes adaptarse de forma eficiente a estos cambios, garantizando un proceso ágil y sin complicaciones. Estamos aquí para brindar todo el soporte necesario para que la transición hacia la facturación electrónica y el Sistema Verifactu sea lo más fluida posible para empresas y profesionales.

 

En resumen, aunque todavía existen incertidumbres respecto a la fecha de implementación y los detalles específicos de la facturación electrónica obligatoria y del sistema Verifactu, en JDA estamos preparados para ayudar a nuestros clientes a enfrentar estos cambios con confianza y seguridad. La clave es mantenernos informados y preparados para que, cuando llegue el momento, podamos adaptarnos rápidamente y sin percance.

 

Cristina Díaz

Abogada y Consejera Delegada JDA/SFAI

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