- 15 mayo, 2020
- Categorias: Economia, Empresas, Legal
Como consecuencia de la parálisis de nuestra economía, y dado el Estado de Alarma decretado por el Gobierno, es muy probable que algunas empresas tengan muchas dificultades para continuar con su negocio. Esta situación es la que es y no podemos hacer nada. Pero sí debemos tener en cuenta los siguientes hechos:
- No corras: 2020 es especial
Las empresas no están obligadas a presentar concurso de acreedores en los dos meses siguientes a incurrir en insolvencia. Esta obligación no es exigible, por los efectos extraordinarios del COVID19, hasta el 31 de diciembre de 2020.
En condiciones normales, la Ley obliga al empresario a presentar concurso de acreedores, en el plazo máximo de dos meses, una vez haya incurrido en insolvencia. Es decir, dos meses una vez constatado que no puede satisfacer sus obligaciones. No atender a esta obligación podría conllevar a que el concurso se declare culpable y que al administrador se le deriven responsabilidades.
Como consecuencia de la situación excepcional, en lo que resta de 2020, la regla de los 2 meses deja de operar. Este hecho puede permitir que las empresas con dificultades puedan estudiar su viabilidad y negociar con sus proveedores y acreedores, la viabilidad de su negocio y una fórmula de salida.
Para ello, van a tener todo lo que queda de 2020 para poder llevar a cabo esta labor, sin el riesgo de incurrir en responsabilidades. Es importante llevar a cabo un buen plan de viabilidad, que sea realista y, en su caso, que se pueda explicar a los acreedores, con un buen plan financiación.
- Si tu empresa ya no es viable, no pierdas el tiempo
No obstante, si como consecuencia del estudio de un plan de viabilidad se llega a la conclusión de que dicha viabilidad está muy comprometida o, en su caso, no ha obtenido el suficiente apoyo de los acreedores, en un ámbito de acuerdo privado y extrajudicial, la empresa no debe demorar la solicitud del concurso de acreedores.
- Si tu empresa todavía es viable un concurso te puede ayudar
Para el caso de falta de viabilidad, el concurso es necesario para disolver y liquidar la compañía, de una forma ordenada. Para el caso de que sí es viable la empresa, pero no ha podido llegar a acuerdos privados que le den oxígeno para continuar sus actividades, el Concurso puede proporcionar esta financiación, mediante la fase de convenio y a través del acuerdo de la mayoría de los acreedores a un plan de pago diseñado para poder satisfacer la deuda, en el que se incluyen quitas y esperas acordes con el plan. Si aun así el apoyo de los acreedores fracasa, estaremos delante del procedimiento previsto para disolver y liquidar la sociedad.
- Si tienes avales la situación no cambia, aunque creas que sí.
En muchos casos, el empresario tiene claro que el negocio no es viable en las actuales circunstancias, pero el haber otorgado avales personales le impide tomar la decisión de liquidar la compañía y se suele enfrascar en todo tipo de prácticas que le permitan seguir adelante, y que nada favorecen a la viabilidad de la empresa, sino todo lo contrario. Entre estas prácticas podríamos señalar muchas, como obtener indebida financiación, falseamiento de las cuentas, ocultación de pérdidas, sobrevaloración de los stocks, etc.…
- La Ley de la Segunda Oportunidad te puede permitir quitarte los avales de encima
Desde 2015 tenemos un procedimiento legal que se conoce como Ley de Segunda Oportunidad. Este procedimiento permite a las personas con deudas, ya sean personales o empresariales, también las derivadas de los avales, llegar a acuerdos con sus acreedores que le permitan atender la deuda, en base a sus circunstancias, o, en caso contrario, la exoneración de la misma. Para ello es fundamental que el deudor sea un deudor de buena fe y, conectándolo con lo anterior, no haya sido declarado culpable en el procedimiento concursal de la empresa.
- Cuenta siempre con el asesoramiento de un experto.
Existen mecanismos suficientes para enfocar una situación de crisis como la actual. Hágase con los servicios de un verdadero experto, y siga sus consejos. Pero asegúrese de tomar las decisiones a tiempo, una vez valoradas y meditadas.
JDA/SFAI