- 2 septiembre, 2021
- Categorias: Actualidad Fiscal, Economia
Entre otras medidas, se amplía hasta el 31 de octubre de 2021 la garantía de suministro de agua, electricidad y gas natural a los consumidores vulnerables, y la suspensión de los procedimientos y lanzamientos de vivienda en situaciones de vulnerabilidad, en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos, así como a posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor. También se amplía hasta esa fecha los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses.
Dada la previsión de que algunas de las medidas contenidas en el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, dejen de surtir efecto el 9 de agosto de 2021, se ha publicado en el BOE del día 4 de agosto el Real Decreto-ley 16/2021, por el que se prorrogan la vigencia de algunas de las iniciativas adoptadas para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica hasta el 31 de octubre de 2021 ante la persistencia de las consecuencias sociales en esta nueva fase de recuperación económica.
Garantía de suministro de agua, electricidad y gas natural
Se amplía hasta el 31 de octubre de 2021 la garantía de suministro de agua, electricidad y gas natural a los consumidores vulnerables, prevista en el artículo 4 del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo.
Adicionalmente, Se modifica el artículo 5 de dicha norma, que configura una nueva categorización de consumidor vulnerable, a los efectos de la percepción del bono social de electricidad.
Medidas de protección en situaciones de vulnerabilidad en materia de vivienda
Se amplía hasta el 31 de octubre de 2021 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos de vivienda en situaciones de vulnerabilidad, en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos.
Se extiende, hasta 31 de octubre de 2021, la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor, en los términos establecidos en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
Se amplía hasta 31 de octubre de 2021 los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor.
Se extiende hasta el 30 de noviembre de 2021 el plazo durante el que los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria prevista en el citado Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, podrán presentar la solicitud de compensación prevista en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre
Medidas en materia de protección contra la violencia de género
Se extiende la consideración como esenciales de los servicios de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género hasta el 31 de octubre de 2021.
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JDA/SFAI
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