Circular sobre sobre la celebración de sesiones y adopción de acuerdos por los órganos de gobierno y de administración de las personas jurídicas de Derecho privado.

En el BOE del 11 de junio ha salido publicado el Real Decreto Ley 21/2020, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria, cuya Disposición Final cuarta ha modificado los apartados 1 y 2 del artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020 con la finalidad de extender hasta el 31 de diciembre de 2020 las especialidades que allí se prevén en relación con la celebración de sesiones y adopción de acuerdos por los órganos de gobierno y de administración de las personas jurídicas de Derecho privado.

Conozca los detalles de esta modificación aquí.

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