- 14 octubre, 2021
- Categorias: Actualidad Fiscal, Empresas
Las ayudas tienen la forma de subvención y serán como máximo de un 20% de los gastos en las pequeñas empresas y de un 10% en el caso de las medianas empresas, con un límite máximo de 175.000 euros por máquina. Las inversiones subvencionables deberán cumplir alguna de las siguientes condiciones: que supongan la ampliación de la capacidad productiva; que supongan la diversificación de la producción en nuevos productos adicionales; o que impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción. Entre las máquinas subvencionables destacan los tornos, fresadoras, mandrinadoras, taladros, roscadoras, afiladoras, pulidoras, brochadoras, prensas mecánicas o hidráulicas, punzonadoras, talladoras, biseladoras, remachadoras, sierras, y equipos industriales para la fabricación aditiva, entre otras. Se podrán solicitar las ayudas hasta el 2 de noviembre de 2021.
En el BOE del día 8 de octubre de 2021, se ha publicado la Orden ICT/1090/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021 de concesión de subvenciones correspondientes al «Plan de modernización de la máquina herramienta» de las pequeñas y medianas empresas., por un importe de 50 millones de euros.
El Plan pretende impulsar la renovación del parque de maquinaria de herramienta de las Pymes españolas para potenciar la reactivación del sector industrial en el contexto de salida de la crisis derivada del COVID-19.
Se podrán solicitar las ayudas desde el 9 de octubre hasta el 2 de noviembre.
Las inversiones subvencionables deberán cumplir alguna de las siguientes condiciones: que supongan la ampliación de la capacidad productiva; que supongan la diversificación de la producción en nuevos productos adicionales; o que impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción.
Entre las máquinas subvencionables destacan los tornos, fresadoras, mandrinadoras, taladros, roscadoras, afiladoras, pulidoras, brochadoras, prensas mecánicas o hidráulicas, punzonadoras, talladoras, biseladoras, remachadoras, sierras, y equipos industriales para la fabricación aditiva, entre otras.
Las ayudas tienen la forma de subvención y serán como máximo de un 20% de los gastos en las pequeñas empresas y de un 10% en el caso de las medianas empresas, con un límite máximo de 175.000 euros por máquina. Las empresas dispondrán de un máximo de 15 meses para la realización de las inversiones desde la fecha de la resolución de la concesión.
PROGRAMA | Plan de modernización de máquinas herramienta |
FICHA TÉCNICA
Administración | Gobierno |
Departamento | Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Secretaría General de Industria |
Empresa elegible | Pyme industrial:
Actividades de producción industrial: CNAE sección C – División 10-32 Actividades de valorización a escala industrial: sección 38.3x (autorización gestión residuos) -Actividades complementarias a la producción industrial: servicios de apoyo a empresas industriales: 82.92, 52.10,33,36 Actividades de servicio a la industria: 71.12, 71.20 *Durante mínimo últimos 3 años |
Finalidad subvención | Reactivación del sector industrial |
Conceptos subvencionables | Inversiones en maquinaria nueva que supongan:
Ampliación de la capacidad productiva Diversificación de la producción en nuevos productos adicionales Cambio esencial en el proceso general de producción Maquinaria elegible: Tornos, fresadoras, mandrinadoras, taladros, roscadoras, rectificadoras, afiladoras, pulidoras y amoladoras, centros de mecanizado, máquinas especiales y máquinas transfer compuestas de unidades de mecanizado, brochadora, máquinas de electroerosión, máquinas de centrar y refrentar, prensas mecánicas, prensas hidráulicas/neumáticas, servoprensas, punzonadoras, sistemas de automatización industrial asociados a máquinas herramienta, equipos independientes de inspección y medición de piezas mecanizadas, cortadoras/máquinas de roscado, equilibradoras, máquinas para el conformado para encintar piezas de composites, paneladoras para el trabajo de la chapa, sierras, biseladoras, mortajadoras, líneas de corte con prensa, láser, chorros de agua, gas o ultrasonidos, máquinas para el trabajo de barras, perfiles y tubos, máquinas para fabricación y control de tornillos y pernos, máquinas para grabar, marcar y/o puntear, remachadoras, granalladoras y equipos y sistemas industriales para la fabricación aditiva. * Hay que presentar al menos 3 ofertas de cada máquina. (la fecha de emisión no puede ser anterior al 01/01/2021) ** Será subvencionable la adquisición mediante arrendamiento financiero si la empresa justifica la compra efectiva de las máquinas antes del fin del plazo de ejecución. También serán subvencionables los gastos de instalación (exceptuando obra civil) y puesta en marcha por parte del proveedor |
Importe mínimo máquina € | 70.000 €/máquina (sin IVA) |
% Máximo subvención | Empresa pequeña: máx. 20%
Empresa mediana: máx. 10% Límite: Máx. 175.000 €/máquina y 300.000 €/beneficiario |
Régimen de garantías | -Se exigirá la presentación del resguardo de constitución de garantía antes de la resolución de concesión de la subvención, ante la Caja General de Depósitos.
1. En efectivo 2. Aval por entidades de crédito; establecimientos financieros de crédito o sociedad de garantía recíproca 3. Seguro de caución otorgada por entidades aseguradoras 4. Valores de deuda del Estado. -El importe total de la garantía será del 100% de la subvención propuesta. -Serán liberadas cuando se acredite la realización de la adquisición. |
Estado | Próxima apertura |
Fecha inicio presentaciones | 09/10/21 |
Fecha final presentaciones | 02/11/21 |
Período ejecución proyecto | Día siguiente a la presentación de la solicitud – máx. 15 meses desde la resolución |
Período justificación | Tres meses después de la finalización de la inversión |
Régimen de concesión | Concurrencia competitiva |
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JDA/SFAI