- 3 diciembre, 2024
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Reducción por arrendamiento de vivienda para los contratos de arrendamiento celebrados a partir de uno de enero de 2024
Con efectos 1 de enero de 2024 se modifica la actual reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo derivado de arrendamiento de vivienda habitual.
- 90% si se firma un nuevo contrato por el mismo arrendador en zonas de mercado residencial tensionado, con una reducción de la renta de al menos el 5% respecto al contrato anterior.
- 70% cuando no cumpliéndose los requisitos del punto anterior, se alquile una vivienda nueva en zonas de mercado residencial tensionado a jóvenes de entre 18 y 35 años, se trate de vivienda asequible o protegida arrendada a entidades sin fines de lucro, o se alquile bajo programas públicos que limiten la renta.
- 60% cuando, no cumpliéndose los requisitos de los puntos anteriores, la vivienda haya sido rehabilitada en los dos años previos a la firma del contrato.
- 50% en cualquier otro caso.
Reducción en los contratos de arrendamiento firmados con anterioridad al 26/05/23 y con fecha posterior hasta 31/12/23
- A los rendimientos derivados de contratos de arrendamiento firmados con anterioridad al 26/05/23, les seguirá siendo de aplicación la reducción del 60%.
- A los rendimientos derivados de contratos de arrendamiento firmados entre el 26/05/23 y el 31/12/2023, se les aplicará la reducción del 60% durante 2023 y a partir de 01/01/2024, la reducción del 90, 70, 60 o 50% que proceda en función de las circunstancias señaladas anteriormente.
Límite de reducción por planes de pensiones a autónomos
- Desde 2023 se eleva el límite de la reducción para personas que trabajan por cuenta propia. Se eleva el límite de aportación y deducción a los nuevos Planes de Pensiones de Empleo Simplificados (PPES) a 4.250 euros.
- Los PPES son una modalidad de ahorro desarrollada por la Ley 12/2022 de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo que también regula la creación de planes de empleo de promoción pública y se trata de planes de pensiones exclusivos para autónomos y trabajadores por cuenta propia.
- Con este nuevo límite, los autónomos pueden llegar a alcanzar la cifra de 5.750 euros si sumamos esta aportación con el límite de los planes individuales.
Movilidad geográfica
Recordemos que, si se ha mudado a otra Comunidad Autónoma, o se ha estado viviendo en el extranjero, esto puede tener consecuencias fiscales. En caso de cambio de domicilio se debe presentar el modelo 030 para notificar el cambio de domicilio fiscal.
- Cambio de Comunidad Autónoma
El cambio de CCAA puede conllevar diferentes obligaciones fiscales en función de la normativa de cada comunidad.
Deben declarar en el territorio en el que hayan residido más de 183 días durante el año natural, así como el deber de comunicación a la AEAT.
- Estudios o estancias en el extranjero
Exención por los días de trabajo en el extranjero, de los asalariados (art. 7p de la Ley IRPF).
Gastos de reparación y conservación en rendimientos de capital inmobiliario
Gastos de reparación y conservación
Los gastos de reparación y conservación son aquellos necesarios para mantener el inmueble en condiciones de habitabilidad y funcionamiento. Son deducibles en el IRPF si el inmueble está destinado al alquiler o si está en expectativa de alquiler.
Por su parte, los gastos de reparación y conservación se pueden deducir como gasto en el año en que se ha realizado.
En caso de que los gastos superen a los ingresos obtenidos del alquiler en ese año, el exceso puede aplicarse en ejercicios posteriores.
Gastos de mejora
Los gastos de mejora son aquellos que aumentan el valor de inmueble o de su vida útil, mejorando sus condiciones originales. Este tipo de gasto tiene una naturaleza más estructural o permanente que las reparaciones y conservación.
Los gastos de mejora no se pueden deducir, sino que se amortizan. Esto implica que el propietario puede deducir anualmente un porcentaje del coste total de la mejora durante la vida útil del bien. El porcentaje de amortización depende del tipo de mejora y de los criterios establecidos por la normativa fiscal.
Reformas de mejoras energéticas en viviendas
Deducción por obras de mejora para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración
Pueden beneficiarse de esta deducción en 2024 las obras como la sustitución de ventanas o el cambio de una caldera por otra de biomasa, siempre que, tras estas obras, se haya reducido en un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración.
La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros y el porcentaje de deducción es del 20%. La deducción se practicará en el periodo impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de realizar las obras.
Deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable
Las obras que permiten beneficiarse en 2024 de la deducción son las que consisten, por ejemplo, en la instalación de paneles aislantes en las paredes o la instalación de sistemas de calefacción y de aire acondicionado por aerotermia. Se debe lograr una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable o una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase “A” y “B”.
La base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros y el porcentaje de deducción es del 40%.
Deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial
La deducción se aplica desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025, y se benefician aquellas obras destinadas a la mejora de la eficiencia energética del edificio en el que se ubica la vivienda.
La base máxima anual por declaración será de 5.000 euros anuales con un tipo de deducción del 60%. El exceso hasta 15.000 euros se puede deducir en los cuatro ejercicios siguientes.
Deducción para promover la adquisición por particulares de vehículos eléctricos
Con efectos desde 30 de junio de 2023 prorrogado en 2024 existen dos nuevas deducciones para promover la adquisición por particulares de vehículos eléctricos no afectos a una actividad económica:
- Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible. Se podrá deducir el 15% del valor de adquisición del vehículo con una base máxima de 20.000 euros.
- Deducción por la instalación de infraestructuras de recarga. Esta deducción permite deducir el 15% de las cantidades satisfechas por la instalación de este tipo de infraestructuras en un inmueble, siendo la base máxima de 4.000 euros.
Grupo JDA