Ayudas NGEU: Convocatoria Ayudas Asesoramiento Digital “Kit Consulting”

El Gobierno ha lanzado la convocatoria de ayudas del Programa KIT CONSULTING. El plazo para presentar las solicitudes comienza el 18 de junio y estará abierto hasta el 31 de diciembre a las 11h o hasta que se acaben los fondos.

KIT CONSULTING es el programa de ayudas del Gobierno de España que permite a las pymes diseñar la hoja de ruta para su transformación digital. Dotado con un presupuesto inicial de 150 millones de euros ampliables hasta 300 y financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU, tiene el objetivo de que las pymes den un paso más en su transformación digital.

Tras la publicación de la orden de bases, que recoge el funcionamiento del programa, y la invitación pública para que los asesores digitalizadores se unan al programa y ofertar sus soluciones de asesoramiento, se lanza esta primera convocatoria.

Cuantía de las ayudas

La ayuda se materializa en un Bono de Asesoramiento Digital que las pymes deberán emplear en la contratación de uno o varios de los servicios de asesoramiento de los que se compone el Programa. Estos servicios de asesoramiento permitirán a las pymes beneficiarias contar con una hoja de ruta para avanzar en la digitalización de su negocio y seguir avanzando en su transformación digital.

En la convocatoria se establecen tres segmentos de empresas en función de su tamaño y la cuantía de la ayuda para cada una de ellas:

Segmentos de beneficiarios Importe del «bono asesoramiento digital»
Segmento A. Empresas entre 10 menos de 50 empleados 12.000 €
Segmento B. Empresas entre 50 y menos de 100 empleados 18.000 €
Segmento C. Empresas entre 100 y menos de 250 empleados 24.000 €

Las pymes beneficiarias deberán destinar el bono de asesoramiento digital de Kit Consulting a la contratación de uno o varios servicios de asesoramiento de un catálogo compuesto por 10 categorías de servicios en áreas clave en transformación digital:

  • Servicio de asesoramiento en Inteligencia Artificial (IA)
  • Servicio de asesoramiento en análisis de datos (básico y avanzado)
  • Servicio de asesoramiento en ventas digitales
  • Servicio de asesoramiento en procesos de negocio o procesos de producción
  • Servicio de asesoramiento en estrategia y rendimiento de negocio
  • Servicio de asesoramiento en ciberseguridad (básico, avanzado y preparación para la certificación)
  • Servicio de asesoramiento “360” en transformación digital.

La cuantía máxima subvencionable para cada servicio es de 6.000 euros y se establece un mínimo de 100 horas de trabajo por cada Acuerdo de Prestación de Servicio de Asesoramiento formalizado. Cada servicio deberá cumplir con las actividades que se determinan para cada uno de ellos en la convocatoria.

¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas y personas en situación de autoempleo del Segmento III. Es decir, microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en el territorio español y que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos:

  • Tener domicilio fiscal en territorio español
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima de 6 meses.
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).

 

¿Cuándo se pueden solicitar?

Las empresas interesadas podrán solicitar las ayudas a partir del 18 de junio en la sede electrónica de Red.es y el plazo estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2024 o hasta que se acaben los fondos.

 

¿Qué pasos hay que seguir?

Una vez se comprueba que la empresa cumple los requisitos, se concede el bono de asesoramiento digital. El beneficiario podrá consultar en www.acelerapyme.es el catálogo de servicios de asesoramiento que ofrece el Programa y también el catálogo de Asesores Digitales.  Deberá seleccionar uno o varios asesores con los que desarrollar los servicios que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los “acuerdos de prestación de servicios de asesoramiento”.

Plazos de formalización de acuerdos, prestación del servicio y justificación

La convocatoria recoge que el plazo máximo para formalizar el primer Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento será de 3 meses a contar desde la publicación de la concesión en la Sede Electrónica de Red.es. Para el segundo acuerdo y siguientes no aplica este plazo, pero la fecha máxima para la presentación de los acuerdos finalizará el 31 de mayo de 2025 a las 23:59 horas.

Una vez firmado y validado el acuerdo entre la pyme beneficiaria y el asesor digital, éste tiene 3 meses para prestar el servicio a contar desde la fecha de validación del acuerdo. Tras la prestación y una vez que se emita la factura será el momento en que ha finalizado el servicio. Y tras la finalización, el Asesor Digital deberá justificar el trabajo realizado teniendo un plazo máximo de 5 meses para ello, y que empieza a contar desde la validación del acuerdo.

La presentación de la justificación solo se podrá realizar a través del formulario establecido en la Sede Electrónica de Red.es y que, a partir del próximo 22 de septiembre de 2024, será accesible a través de la Plataforma Acelera Pyme. En este formulario se indicarán los requisitos y las evidencias que se deberán acreditar.

 

Catálogo de Asesores Digitales

Los Asesores Digitales serán los encargados de realizar el servicio de asesoramiento elegido por la pyme y de guiarla en los siguientes pasos que debe dar en su proceso de digitalización.

Durante toda la vigencia del programa estará abierto el plazo de adhesión como Asesor Digital. Para serlo, las empresas interesadas deberán haber facturado al menos 100.000 euros en el ejercicio anterior o tener una media de ingresos superior a este umbral en los últimos tres años, entre otros requisitos que pueden consultar en las bases reguladoras del Programa, y en el Anuncio de Adhesión.

 Ya está disponible el catálogo de Asesores Digitales en la web Catalogo asesores | Acelera pyme

 

Área de Consultoría en Financiación Investigación, Desarrollo e Innovación

JDA/SFAI

 



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