- 11 febrero, 2022
- Categorias: Empresas, Fiscal
La revista Emprendedores y Prodespachos publican la opinión de nuestra experta, Mariela Asensio, en cuestiones de regulación del IIVTNU (plusvalía).
A continuación el link a la publicación y la opinión de nuestra profesional experta.
Link: opinión Mariela Asensió
«Desde 2017 el Tribunal Constitucional ha venido fallando en contra de la normativa del que regulaba el IIVTNU (plusvalía), hasta que finalmente se han declarado inconstitucional los artículos que determinan la base imponible.
A toda prisa y ante la imposibilidad de que los ayuntamientos estuvieran en condiciones de exigir el impuesto, se aprobó el Real Decreto Ley 26/2021, modificando la Ley Reguladora de Haciendas Locales, la cual determina la nueva forma de cálculo de la base imponible del impuesto. Se debía modificar y se sabía desde la primera sentencia en 2017, pero no se comprende por qué se ha hecho esperar tanto, creando situaciones de inseguridad jurídica en los contribuyentes.
La nueva forma de cálculo de la plusvalía parece más razonable y equitativa, pues excluye la obligación de liquidar a quién puede probar que no ha habido incremento de valor de los terrenos, así como permite elegir entre dos métodos de cálculo, aplicando unos coeficientes sobre el valor catastral o pagar sobre la diferencia entre el valor de adquisición y de transmisión. Dichos coeficientes máximos serán los aplicables hasta que los ayuntamientos no modifiquen sus ordenanzas fiscales, para lo cual se establece un plazo de 6 meses.
Cabe tener en cuenta dicha adaptación de la norma a la Sentencia se ha tramitado mediante Decreto Ley, hecho que podría volver a declararse anticonstitucional, y al no poder tener efectos retroactivos, no regularía las transmisiones realizadas con anterioridad que todavía no se habían liquidado o autoliquidado, las cuales continuaran estando huérfanas de norma y susceptibles ser recurridas.»
JDA/SFAI