- 3 noviembre, 2020
- Categorias: Actualidad Fiscal
El Consejo de Ministros celebrado el pasado martes 13 de octubre ha aprobado el anteproyecto de ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal que recoge una serie de iniciativas para combatir las prácticas elusorias en el ámbito tributario.
En él se contemplan una serie de medidas que avanzamos a continuación:
1.Nuevas obligaciones de información sobre criptodivisas
En cuanto al mercado de criptodivisas, se establece la obligación de suministrar información sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, o transferencia.
También se incorpora la obligación de informar en el Modelo 720 de Declaraciones de bienes y derechos en el exterior sobre la tenencia de monedas virtuales situadas en el extranjero, de tal forma que las personas o empresas que realicen operaciones con monedas virtuales tengan que informar de ello a la Agencia Tributaria e identificarse a los titulares, autorizados o beneficiarios.
2. Prohibición de software que permita la manipulación de datos contables
Por otro lado, se pretende prohibir la tenencia y comercialización del denominado software de doble uso que permite manipular la contabilidad de las empresas para que parte de su actividad económica quede oculta. Hay que señalar que se prevén fuertes sanciones a los fabricantes de estos programas contables de hasta 150.000 euros.
3. Prohibición de amnistías fiscales
Asimismo, de aprobarse, la futura ley prohibirá las amnistías fiscales ya que el Ejecutivo actual las considera un agravio para todos los contribuyentes cumplidores y una derrota para la consolidación del Estado del bienestar.
4. Ampliación de la lista de paraísos fiscales
En cuanto al tratamiento de los paraísos fiscales, se ampliará su concepto y se actualizará la lista actual, incluyendo a aquellos países que destacan por su opacidad fiscal o falta de transparencia. Si bien hay que tener en cuenta que se trata de una materia en la que existe una armonización en el seno de la Unión Europea. De hecho, el pasado 7 de octubre, el DOUEC publicó una actualización de la Lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales.
5. Inclusión de responsables solidarios en la lista de morosos
Se producirán modificaciones en el listado de morosos con la Hacienda Pública, que pasará a incluir también a los responsables solidarios, reduciendo el umbral de inclusión del millón de euros actual a los 600.000 euros.
6. Límite del pago en efectivo
Por otra parte, no se permitirá realizar operaciones en efectivo entre empresarios o profesionales que superen los 1.000 euros, frente a los 2.500 euros actuales, aunque ya ha advertido el ejecutivo que la indicada cifra se irá reduciendo de forma progresiva para favorecer la trazabilidad de todas las operaciones. Esta medida no afecta en principio a las transacciones realizadas entre particulares.
Además, se reducirá el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.
JDA SFAI